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¿Por qué proporcionar acomodos razonables?

En la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, las Naciones Unidas definieron un ajuste razonable como “una modificación y ajustes necesarios y apropiados […] para garantizar a las personas con discapacidad el goce o ejercicio, en igualdad de condiciones con las demás, de todos los derechos humanos”. y libertades fundamentales.”*

 

Aunque hay varias razones por las que se debe proporcionar una adaptación razonable, la razón más fundamental es que como ciudadanos de este mundo queremos que las personas con discapacidades, y en este caso, las personas sordas o sordociegas, tengan acceder a las mismas posibilidades que tienen quienes no tienen discapacidades y disfrutar de una vida plena e inmersiva en la que puedan ser todo lo que quieran ser.

 

Por tanto, la primera razón es moral y ética. Esto debería tener prioridad sobre cualquier otro motivo. Además, Estados Unidos ha promulgado leyes para garantizar la igualdad de oportunidades y acceso a las personas con discapacidades. Esto obliga a las empresas y organizaciones a proporcionar servicios de interpretación a sus empleados, clientes y pacientes. Una de esas leyes federales es la Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA por sus siglas en inglés), enmendada en 2008, que se aplica a numerosos entornos en los que se debe proporcionar servicios a personas con discapacidades. adaptaciones razonables para garantizar la igualdad. Prohíbe la discriminación contra personas que tienen impedimentos que limitan sustancialmente una actividad importante de la vida, tienen antecedentes de un impedimento sustancialmente limitante o se considera que tienen una discapacidad.

 

Esta disposición incluye a las personas sordas y sordociegas. La ADA exige que los gobiernos estatales y locales, así como las empresas y organizaciones sin fines de lucro que atienden al público, se comuniquen de manera efectiva con las personas que tienen discapacidades de comunicación.#

 

La comunicación efectiva podría tomar la forma de documentos braille, subtítulos en tiempo real (CART) o un intérprete de lenguaje de señas, entre otros. Aunque esta ley federal exige proporcionar adaptaciones si la organización emplea a 15 personas o más, algunos estados han aprobado leyes adicionales que reducen este número.

 

Si bien una organización puede demostrar que brindar una de estas adaptaciones es una “carga excesiva” ("undue burden") y puede estar exenta de brindar dichas adaptaciones, se le recomienda encarecidamente que busque alternativas que garanticen que se logre una comunicación efectiva.

 

La ley ADA es aplicada por la Comisión de Igualdad de Oportunidades en el Empleo (EEOC) de EE. UU. Debido a la complejidad de la Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA), puede resultar difícil para las empresas encontrar información sobre cómo brindar mejor apoyo a las personas sordas, sordociegas y con problemas de audición. Mind Your Language se especializa en brindar información y recursos para ayudar a las empresas a implementar la solución adecuada

 

* https://www.un.org/disabilities/documents/convention/convention_accessible_pdf.pdf

# https://www.ada.gov/ Effective -comm.htm | (Ver 42 U.S.C. §12102(2); 29 C.F.R. §1630.2(g)

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